PRY-MTESS-DOL-RIEPT-2023T1-v01.
Registro de Inscripción de Establecimientos y Puestos de Trabajo - Trimestre 1 - 2023
Dirección del Registro Obrero Patronal (DROP) - Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS)
Business Registers - Quarter 1 - 2023
Nombre | Código de país |
---|---|
República del Paraguay | PRY |
Registros Administrativos, Trabajo [ad/trabajo]
A) EL REGISTRO OBRERO PATRONAL (REOP) DE LA DIRECCIÓN DEL REGISTRO OBRERO PATRONAL (DROP)
El REOP constituye el corazón sobre el cual descansa todo el sistema de registros administrativos del MTESS. Diseñado para registrar todo el proceso documental y operativo necesario para la inscripción patronal de las empresas, cualquiera sea su forma de organización jurídica, así como el registro de cada trabajador en carácter dependiente de cualquier tipo de empresa, el REOP se constituye en el principal registro en el ámbito laboral del país. Toda la historia contractual entre patronales (empresas) y trabajadores se halla resguardada en sus registros, lo que permite hacer el seguimiento tanto de empresas como de trabajadores en el mercado formal de la economía. Además, el REOP sirve tanto al sistema legal relacionado con el mundo laboral como al de seguridad social como respaldo para el procesamiento de situaciones legales o el otorgamiento de beneficios sociales.
Compuesto por el Registro de Inscripción Patronal, el Registro de Altas y Bajas por trabajador y el Registro de Planillas Laborales 6 (este último sirve para recabar datos de manera resumida provenientes de los libros laborales obligatorios que son el Libro de Registro de Empleados y Obreros, el Libro de Registro de Vacaciones anuales y el Libro de Registro de Sueldos y Jornales). Pese a que el estado actual del REOP aún no permite integrar todos sus datos con los de otros registros administrativos, algunas experiencias llevadas adelante en el intercambio de datos con el Ministerio de Hacienda (MH) y el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) con datos correspondientes a los últimos años han permitido enriquecer los análisis descriptivos realizados del mercado laboral y ver parcialmente todo el potencial del REOP para llevar análisis más elaborados al integrarse con otros registros públicos relativos a empresas y personas físicas.
B) DEPENDENCIAS INVOLUCRADAS EN EL APROVECHAMIENTO ESTADÍSTICO DEL REOP
b-1) LA DIRECCIÓN DEL REGISTRO OBRERO PATRONAL (DROP)
De acuerdo a la Resolución MTESS Nº 793 del 5 de diciembre de 2016, por la cual se aprueba la estructura orgánica del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS), el Viceministerio de Trabajo tiene a su cargo la Dirección de Registro Obrero Patronal (DROP). A cargo de esta Dirección se encuentra todo el proceso documental y operativo necesario para la inscripción de las empresas como empleadoras, cualquiera sea su naturaleza jurídica, así como el registro de entrada y salida de cada trabajador en un puesto de trabajo de carácter dependiente, en cualquier tipo de empresa con la cual acuerda un contrato de cualquier tipo por sus servicios laborales.
También se halla a su cargo el sistema de comunicaciones laborales, que permite registrar y documentar los distintos eventos de la vida laboral de los trabajadores en su relación con el empleador, conforme con lo establecido en leyes, resoluciones y reglamentos laborales, como ser: accidentes laborales, abandonos, amonestaciones, apercibimientos, ausencias, permisos obreros, preavisos, suspensiones, vacaciones y enfermedades profesionales. Dependiente de la Dirección se halla el Departamento de Inscripción y Liquidación, encargado de planear, dirigir y organizar los procesos de solicitudes de inscripción patronal y el registro de todo trabajador dependiente de una empresa.
Tanto la inscripción de empresas como de trabajadores, y las distintas comunicaciones se realizan de manera física como electrónica 7, en el MTESS o a través del Sistema Unificado de Apertura y Cierre de Empresas (SUACE) dependiente del MIC. Todos los datos son proporcionados por la empresa, tienen carácter de declaración jurada y los formularios son de autollenado o autodiligenciamiento. Además del cobro de multas por la presentación tardía de planillas anuales, según el Decreto Nº 8304/17 y su modificatoria el Decreto Nº 9368/18, se aplican multas por inscripción tardía y presentación tardía de comunicaciones. Si bien ya se están realizando cruces de información entre el IPS y el MTESS, faltaría ajustar las disposiciones de modo de poder realizar la «migración de empresas y trabajadores». Aprovechando también la presentación de documentos (constancia del RUC, último nivel de facturación anual, última planilla presentada al IPS) para la exoneración de multas, se han podido actualizar datos relevantes de cada patronal de modo de ir poniendo al día la información de estos.
La implementación del registro en línea ha permitido descentralizar y facilitar la inscripción de las empresas desde cualquier parte del país y el sistema informático a su cargo permite realizar el cruce de datos entre el IPS y el MTESS, para obtener una migración automática de empleadores y trabajadores.
La inscripción en el REOP de la firma patronal requiere el cumplimiento de ciertos requisitos previos y la presentación de la documentación respaldatoria correspondiente. Los requisitos dependen de la naturaleza jurídica de la firma, siendo más exigentes en el caso de las sociedades o las personas jurídicas. Una vez inscripto, son obligaciones del empleador:
Inscripción de la matriz y sucursales. Esta inscripción es de carácter obligatoria 60 días a partir del inicio de la actividad laboral. Se deben registrar tanto la matriz como las sucursales, si existiesen, sean de diferente localidad, de diferentes actividades económicas o en la misma localidad pero en distintas ubicaciones 9.
Llevar los libros laborales (Libro de Registro de Empleados y Obreros, Libro de Registro de Sueldos y Jornales y Libro de Registro de Vacaciones). De esta obligación se hallan exceptuadas las MIPYMES registradas correspondientemente en el Ministerio de Industria y Comercio, las cuales deben registrar a su personal en el Registro Único del Personal (RUP) MIPYMES por única vez al momento de la inscripción.
Presentación de las planillas laborales anuales. Estas deben presentarse sobre el año fenecido y remitirlas vía Sistema de Presentación de Planillas. Las planillas que deben ser presentadas son: Planilla de Empleados y Obreros, Planilla de Sueldos y Jornales y Planilla de Resumen General de Personas Ocupadas. Para su presentación, la patronal debe hallarse al día con sus demás obligaciones con el MTESS.
La cancelación del registro patronal es posible pero no automática, ya que requiere satisfacer requisitos administrativos y legales previos (véase el Cuadro 3) que garanticen el cumplimiento de todos los deberes y las obligaciones patronales con sus trabajadores dependientes. Otra posibilidad que tienen las firmas patronales es la de solicitar la inactividad temporal en el Registro. Su solicitud y aceptación, aunque menos engorrosa, también exige el cumplimiento de todas las obligaciones pertinentes a su condición de empleador. La solicitud de reactivación de la firma patronal en el REOP implica la presentación de la constancia de inactividad, además de cumplir con todos los requisitos de una inscripción nueva.
Otras situaciones contempladas en el registro de la firma patronal, que pueden darse en diferentes momentos de la vida de la empresa y que requerirán alguna modificación de los datos de la empresa en el REOP, son: el cambio de denominación, el tipo de sociedad, el cambio de domicilio, el cambio de actividad y el cambio de directivo y/o representante legal.
En el caso de los trabajadores, los empleadores comunican la entrada (alta) o la salida (baja) de sus puestos de trabajo a través del sistema de altas y bajas del REOP o modifican sus datos personales o relacionados con el puesto que ocupan en la firma.
b-2) La Dirección del Observatorio Laboral
Conformada en el año 2014, la Dirección del Observatorio Laboral (DOL) es un órgano del MTESS que depende directamente del Ministro, para dar cumplimiento a lo establecido en la Ley Nº 5115/2013 de creación del MTESS (véase el Diagrama 5). Dicha ley establece en su Artículo 4 que son competencias del MTESS:
Estudiar y examinar periódicamente la situación de las personas en edad de trabajar y la condición dentro del mercado laboral.
Definida como una unidad técnica que recopila, actualiza y produce información sobre el mercado laboral nacional, la DOL tiene como misión:
Proveer información para el diseño, el monitoreo y la evaluación de políticas públicas referentes al mercado laboral y hacerla accesible a la ciudadanía en general.
Y como visión:
Ser una unidad técnica especializada, autónoma y dinámica que brinde información de calidad sobre el mercado laboral, a agentes económicos e interesados en general, para contribuir al desarrollo social del país.
Por Resolución MTESS Nº 793/16, que aprueba la estructura orgánica del Ministerio, la DOL incorpora a su estructura al Departamento de Estadística, que antes del 2016 no se hallaba bajo su responsabilidad. Además, por Resolución MTESS Nº 3446/19, se dispone que las dependencias del MTESS que brinden atención directa a los usuarios efectúen la recopilación y el registro de datos relevantes relacionados con el mercado laboral. Estos serán armonizados y coordinados por la DOL y podrán ser solicitados y remitidos a esta de acuerdo a las necesidades institucionales del Ministerio y considerando las recomendaciones internacionales de derechos laborales.
Objetivo del Registro: Registrar todo el proceso documental y operativo necesario para la inscripción patronal de las empresas (junto a los distitntos establecimientos que los componen) en el mercado laboral privado, cualquiera sea su forma de organización jurídica, así como el registro de cada trabajador contratado en carácter dependiente en cualquiera de estas empresas.
Área Temática: Inscripciones patronales y de trabajadores en sus puestos de trabajo
Tema: Formalización laboral de empresas (junto con sus establecimientos) y puestos de trabajos ocupados por los trabajadores contratados por las mismas. El registro permite dar de alta o baja a los establecimientos que hacen a la unidad económica o empresa así como la entrada y salida de trabajadores de sus puestos de trabajo.
Registros Administrativos (adm)
UNIDAD DE OBSERVACION
Establecimientos inscriptos (en forma de matriz o sucursal) asociados a la organización empresarial de la unidad económica de producción y de los puestos de trabajo asociados a los mismos al momento de la inscripción. Todas pertenecientes al mercado laboral formal privada de la economía nacional.
Tema | Vocabulario | URI |
---|---|---|
Empleo [3.1] | CESSDA | http://www.nesstar.org/rdf/common |
Relaciones laborales/Conflictos laborales [3.3] | CESSDA | http://www.nesstar.org/rdf/common |
Organización y gestión empresarial e industrial [2.2] | CESSDA | http://www.nesstar.org/rdf/common |
COMERCIO, INDUSTRIA Y MERCADOS [2] | CESSDA | http://www.nesstar.org/rdf/common |
COBERTURA
GEOGRAFICA: Departamentos y Nivel Nacional.
DEL SECTOR ECONÓMICO: la cobertura de esta base incluye todas las ramas de la actividad económica. Los datos corresponden a empresas que registran establecimientos correspondientes al sector privado formal y a puestos de trabajo ocupados por asalariados privados formales. Quedan excluidas empresas (con sus correspondientes establecimientos) del sector privado informal y el sector público.
Nivel más pequeño de agregación cubierto por los datos: Distrito
EN EL CASO DEL REGISTRO DE INSCRIPCION DE ESTABLECIMIENTOS Y PUESTOS DE TRABAJO DEL REOP
Establecimiento identificados como matriz o sucursal de la unidad económica empresarial en el mercado laboral privado formal de la economía paraguaya inscriptas en el REOP y de los trabajadores inscriptos en los puestos de trabajo habilitados en el momento de la inscripción del establecimiento
Nombre | Afiliación |
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Dirección del Registro Obrero Patronal (DROP) | MTESS |
Dirección del Observatorio Laboral | MTESS |
Nombre |
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Ministerio del Trabajo, Empleo y Seguridad Social |
Nombre | Afiliación | Rol |
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Organización Internacional del Trabajo (OIT) | NNUU | Única agencia 'tripartita' de la ONU, la OIT reúne a gobiernos, empleadores y trabajadores de 187 Estados Miembros a fin de establecer las normas del trabajo, formular políticas y elaborar programas promoviendo el trabajo decente de todos, mujeres y hombres |
CUESTIONARIOS ESTRUCTURADOS
Para la recolección de los datos del Registro de Inscripciones de Establecimientos y Puestos de Trabajo se utiliza un formulario, que en su mayor parte está conformado por preguntas cerradas.
El formulario a ser llenado en el sistema REOP una vez aprobada la inscripción incluye las siguientes variables:
Incripción Patronal
Geolocalización Ubicación geolocalizada de la entidad patronal
Tel Teléfono
Email Correo electrónico
Situación Situación actual en el cumplimiento de sus obligaciones con el MTESS
Nombre Fantasía Nombre de Fantasía o razón social
Nombre Nombre del propietario
Tipo Empresa Matriz o Sucursal
Direccion Dirección
Ciudad Ciudad
Departamento Departamento
Fecha Inscripción Fecha de inscripción en el registro
Actividad Economica Identificador de Actividad económica
Nro Patronal MTESS Nro Patronal asignado por el MTESS
Nro Patronal Ips Nro Patronal asignado por el IPS
Actividad Principal Identificador de actividad principal realizada
Ruc Nro de Registro Unico del Contribuyente de Hacienda
Variables de Alta de Empleados
Nro. Patronal Corresponde al Número Patronal del Ministerio de Trabajo
Tipo Documento Tipo de Cedula de identidad
C.I. Numero de CI
Nombre Nombres del trabajador
Apellidos Apellidos del trabajador
Nac. País de nacimiento
Estado Civil Estado civil
Fecha Nac. Fecha de Nacimiento
Sexo Sexo
Indigena? Condición de indígena
Discapacidad? Se pregunta si tiene o no discapacidad de algun tipo
Cantidad Hijos Numero de hijos
Departamento Departamento
Distrito Distrito
Domicilio Dirección
Nro. Tel. Ciudad
Profesión Profesión del Trabajador
Cargo Cargo del Trabajador en su lugar de trabajo
Categoría Cargo Categoría Cargo del Trabajador
Fecha Entrada en la Empresa Fecha Entrada en la Empresa del Trabajador
Inicio | Fin | Ciclo / Ronda |
---|---|---|
2023-01-02 | 2023-03-30 | Los datos del registro son recolectados permanentemente |
Fecha de inicio | Fecha final | Ciclo |
---|---|---|
2023-01-02 | 2023-03-30 | Permanente |
Nombre | Afiliación |
---|---|
Dirección del Registro Obrero Patronal | MTESS |
La supervisión de la validez de los datos del Registro es aleatoria y la realizan funcionarios de la DROP.
No existe supervisión externa.
Tras la presentación del formulario de inscripción patronal de los establecimientos (matriz o sucursal) junto al de los correspondientes puestos de trabajo, y luego de verificados los datos rellenados junto a la información complementaria adjuntada la mismo. se incorpora al establecimiento al Registro Obrero Patronal
Se hacen controles de los datos recolectados en las mesas de entrada por las responsables de área, en el caso de que los datos no sean verificados con respaldo documentario y cruce de datos con IPS y la SET, la inscripción es rechazada y se solicita volver a presentarla completando la información faltante.
No se realiza codificación de preguntas abiertas.
En la DOL, tras acceder a una vista del sistema REOP de las principales variables relacionadas a la inscripción de establecimientos y puestos de trabajo se genera una base de registros administrativos que tras la limpieza y corrección de ciertas variables se convierte en una base de registros con fines estadísticos
La tabulación y el análisis de datos la realiza la DOL sobre variables de interés generando un Boletín Técnico Trimestral con datos anonimizados
La validación de los datos de la empresa que inscriba en el registro su matriz o sucursal lo realiza la DROP cruzando datos con el Ministerio de Hacienda i el instituto de Previsión Social.
LA DOL como usuario primario de los datos revisa los mismos y hace correcciones puntuales de ser necesario y recodifica la actividad de la empresa de acuerdo al Clasificador Nacional de Actividades del Paraguay proporcionado por el INE
Nombre | Afiliación |
---|---|
Dirección del Registro Obrero Patronal | MTESS |
¿Se requiere firmar una declaración de confidencialidad? | Texto de la Declaración de Confidencialidad |
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yes | El INE garantiza la protección y confidencialidad de la información con la que se producen las estadísticas oficiales, así como la preservación de la fuente de información, según lo establece la Ley N° 6670/2020, en sus artículos 2,3 y 34; los resultados generados a partir de los datos de los diferentes operativos son exclusivamente con fines estadísticos. |
Las bases con los microdatos desidentificados están disponibles para uso público en el sitio web del Instituto Nacional de Estadística: (www3.ine.gub.uy/anda)
Los cuadros elaborados a partir de las bases publicadas por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, son de exclusiva responsabilidad de los usuarios y en todos los casos se debe citar como fuente de información al MTESS, de la siguiente forma:
"Fuente: MTESS-DROP-Registro de Inscripción de Establecimientos y Puestos de Trabajo - Primer Trimestre - 2023".
La información relativa a la responsabilidad de los usuarios respecto a las bases de datos esta dada por la Ley N° 6670/2020.
© Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (MTESS) - 2023
Nombre | Afiliación | Correo electrónico |
---|---|---|
Dirección del Registro Obrero Patronal (DROP) | MTESS | |
Dirección del Observatorio Laboral (DOL) | MTESS | observatorio@mtess.gov.py observatoriomtess0@gmail.com |
PRY-MTESS-DOL-DROP-2023T1-V01
Nombre | Afiliación | Rol |
---|---|---|
Dirección del Observatorio Laboral | MTESS | Documentación, validación y difusión del metadato |
2023-07-18