PRY-MEC-RUE-MATRICULACION-2018-V1.0
Registro Único de Estudiantes, 2018
Matriculación
Unique Student Registry
Nombre | Código de país |
---|---|
República del Paraguay | PRY |
Registros Administrativos, Educación [ad/edu]
El desarrollo del RUE se da en el marco del fortalecimiento del Sistema de Información y Gestión Educativa del MEC, ampliando la cobertura temática, mejorando la pertinencia y oportunidad de los datos gestionados, convencidos de la importancia de la información como herramienta para la planificación, el monitoreo y la toma de decisiones. En este sentido, la disponibilidad de datos -confiables, pertinentes y oportunos- es un elemento vital para instalar debates públicos, generar conocimiento, transparentar la gestión educativa y democratizar la información. Además, contar con datos específicos permitirá el uso más eficiente de los recursos, apuntando igualmente a responder a demandas sociales y temas emergentes relativos a la gestión de la información y el conocimiento.
En el proceso de construcción del RUE participó la comunidad educativa (directores de instituciones educativas, docentes, padres o tutores y estudiantes), lo que posibilitó la validación de las preguntas y de la metodología de implementación. Se llevó a cabo una prueba piloto en noviembre de 2015 autorizada mediante Resolución Ministerial N° 29655/15. En este proceso de validación participaron 129 instituciones educativas de Capital y del Departamento Central.
En el año 2016, la Resolución Ministerial N° 8.655/16, se implementa en carácter censal el Registro Único de Estudiantes, para la matriculación de estudiantes de Educación Inicial, Educación Escolar Básica, Educación Media, Educación Inclusiva y Educación Indígena; en instituciones educativas de gestión oficial, privada y privada subvencionada de todos los niveles y modalidades del Sistema Educativo Nacional. Los primeros procesos implementados corresponden a la matriculación y al registro de autorizaciones de Alimentación Escolar en instituciones educativas de la Capital del país beneficiadas con el Programa de Alimentación Escolar.
En el 2017, por Resolución Ministerial N°38.433/17, se establece el Sistema Informático de Registro Único del Estudiante como la herramienta de gestión administrativa-académica para todo proceso relacionado a la trayectoria escolar del estudiante como: matriculación, movimiento, generación de Formularios N° 3, registro de calificaciones, asistencia y cualquier otro proceso relacionado al estudiante. En este año también se incorporan otros procesos como ser la postulación a becas para el 3° Ciclo de la Escolar Básica y Educación Media, autorizaciones de alimentación escolar a nivel departamental y local, registro de notas, procesos académicos y generación de documentos como Formularios N° 3, Planilla de Calificaciones, Libro de Calificaciones, Antecedentes Académicos, etc.
En el año 2018, se implementa el proceso de matriculación en el RUE para las ofertas educativas de la modalidad de Educación Permanente para Personas Jóvenes y Adultas, y en el 2019 para la matriculación de estudiantes de Educación Superior No Universitaria para las ofertas de Formación Docente y Educación Técnica Superior; en tanto que para Educación Superior Universitaria se realiza el registro de estudiantes que postulan a becas otorgadas por el MEC.
La educación como derecho humano fundamental es objeto de la acción pública, esta premisa trasladada al contexto del REGISTRO ÚNICO DEL ESTUDIANTE (RUE), consiste en disponer de un sistema de información confiable y oportuno que contribuya al sinceramiento de la realidad, la transparencia, la participación ciudadana, la comunicación y rendición de cuentas de la gestión educativa como elemento previo y necesario para el acompañamiento en los procesos de toma de decisiones que coadyuven al mejoramiento de la educación.
El RUE es una herramienta de sistematización de información y un elemento que permite identificar y caracterizar a cada estudiante del sistema educativo paraguayo, pretende simplificar procesos administrativos y académicos durante toda la trayectoria escolar.
Los principales objetivos del RUE son:
Registros Administrativos (adm)
Alumnos matriculados en instituciones educativas de gestión oficial, privada y privada subvencionada de todos los niveles y modalidades de la Educación Básica.
Los temas cubiertos por el cuestionario son: i) oferta educativa donde se encuentra matriculado el estudiante; ii) información personal de estudiantes que permiten identificarlo como único dentro del sistema educativo, además de otras características como la pertenencia étnica, idioma hablado, etc.; iii) Identificación de estudiantes con Discapacidad/Trastornos y tipo; iv) Datos del contexto familiar, con quien vive el estudiante, nivel académico y ocupación del padre/madre/tutor; v) Condiciones socioeconómicas del estudiante.
Tema | Vocabulario |
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Educación Inclusiva | Alumnos con discapacidad/trastorno |
Educación Inicial | Atención a la Primera Infancia |
Educación Indígena | Antención Educativa para los Pueblos Indígenas |
País, Departamento, Distrito, Localidad y Área.
Localidad
Población en edad escolar de cursar la Educación Básica.
Nombre | Afiliación |
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Dirección General de Planificación Educativa | Dirección de Estadísticas e Información Educativa |
Nombre | Rol |
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Supervisiones Educativas | Responsables de coordinar y supervisar la implementación de las políticas educativas, fomentando la participación activa de los directores y demás miembros de la comunidad educativa a objeto de cumplir con los objetivos de la educación paraguaya, garantizando la aplicación de la normativa vigente en la materia. |
Dirección General de Planificación Educativa | Instancia responsable de conducir, supervisar, coordinar, monitorear y garantizar el desarrollo de las actividades previstas en el ámbito de la planificación de la política educativa y de la gestión de los sistemas de información del sector educativo, en articulación con las instancias pertinentes. Además, representa al Ministerio de Educación ante organismos y sistemas internacionales de estadísticas educativas. |
Dirección General de Ciencias y Tecnología | Órgano responsable de proponer y ejecutar planes, programas y proyectos que promuevan la creación de conocimiento y el desarrollo de las ciencias en la educación; así como, de proponer y aplicar las políticas y las estrategias en materia de Tecnologías de la Información y Comunicación (TIC) en el sistema educativo. |
Dirección General de Educación Inicial | Instancia responsable de la ejecución de los planes y programas de educación inicial, así como de la implementación del currículum conforme a los ciclos que comprende, atendiendo los contextos socioculturales y la articulación con el primer ciclo de la educación escolar básica. |
Dirección General de Primer y Segundo Ciclo de Educación Escolar | Instancia responsable de la ejecución de los planes y programas de educación inicial, así como de la implementación del currículum conforme a los ciclos que comprende, atendiendo los contextos socioculturales y la articulación con el primer ciclo de la educación escolar básica. |
Dirección General de Tercer Ciclo y Educación Media | Órgano responsable de la ejecución de los planes y la aplicación de las normas correspondientes al Tercer Ciclo de la Educación Escolar Básica y a la Educación Media del sistema educativo nacional. |
Dirección General de Educación Indígena | Órgano responsable de promover y desarrollar una educación desde y para los pueblos indígenas. |
Dirección General de Educación Permanente para Personas Jóvenes y Adultas | Órgano responsable de formular y proponer la política nacional orientada a la alfabetización y pos alfabetización formal y no formal que incluye a la educación básica, educación media y formación profesional, para personas jóvenes y adultas a lo largo de toda la vida. |
Direcciones Departamentales de Educación | Órganos responsables de conducir la implementación de políticas educativas a nivel departamental, para el cumplimiento de los fines y principios del sistema educativo nacional. |
Instituciones Educativas | Responsables de proveer información estadística e indicadores educativos confiables, relevantes y oportunos. |
Nombre | Rol |
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Ministerio de Educación y Ciencias | Regular la gestión, la organización y la estructura del sistema educativo nacional |
Nombre | Afiliación | Rol |
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Dirección de Estadísticas e Información Educativa | Dirección General de Planificación Educativa | Instancia responsable de la administración, producción y difusión de las estadísticas educativas generadas a partir de los Sistemas de Información y Gestión del MEC |
Dirección de Informática y Sistemas de Información | Dirección General de Ciencias y Tecnología | Instancia responsable del desarrollo e implementación de los sistemas informáticos y soporte técnico de los sistemas de información y gestión del MEC |
El Formulario de Registro Único de Estudiantes, es el instrumento de matriculación para los nuevos ingresantes al Sistema Educativo Nacional desde la Educación Inicial, Escolar Básica, Media, Indígena, Inclusiva, Permanente, en instituciones de gestión oficial, privada y privada subvencionada, de todos los niveles y modalidades del sistema educativo nacional, según lo establece el Artículo 1 de la Resolución Ministerial N°38433/2017.
El formulario está estructurado en 7 secciones, releva información sobre la trayectoria académica de los alumnos, datos del entorno familiar, social, cultural y de la comunidad educativa. Los responsables del llenado son: i) los padres, tutores, y/o encargados, en el caso de los estudiantes menores de edad, y ii) los estudiantes, en caso de mayores de edad.
El llenado puede ser autoadministrado, en formato papel o en línea, para el primer caso el ingreso de datos es realizado por el director o encargado de despacho de la institución educativa. Para el segundo caso, se debe acceder al sistema y requiere una creación de usuario y activación de un rol (padre/Madre/Tutor, Estudiante Educación Permanente, Estudiante Educación Superior).
Para el caso de padre/madre/tutor y estudiantes con bajas competencias, el formulario es completado por el docente, mediante una entrevista, en este caso el formato utilizado es papel.
Inicio | Fin | Ciclo / Ronda |
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2017-12-01 | 2017-12-31 | Identificación de ajustes al Módulo de Matriculación |
2018-01-04 | 2018-04-20 | Ajustes al Módulo de Matriculación |
2018-01-21 | 2018-02-04 | Validación de los ajustes |
2018-02-08 | 2018-03-31 | Asistencia Técnica a Referentes Departamentales e Instituciones Educativas |
2018-02-15 | 2018-03-31 | Registro de la matrícula inicial |
2018-04-01 | 2018-10-29 | Registro de inscriptos con posteriodidad |
Fecha de inicio | Fecha final | Ciclo |
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2018-02-15 | 2018-12-30 | Matrícula Final |
Nombre | Afiliación |
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Docentes | Instituciones Educativas |
Directores o Encargados de despacho de instituciones educativas | Instituciones Educativas |
El registro de matrícula es monitoreado por los referentes de las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo, mediante reportes de cobertura generados por sistema.
Los referentes de supervisión brindan asistencia técnica a los responsables de las instituciones educativas durante todo el operativo de carga y actualización de datos, y en caso necesario facilitan los recursos tecnológicos disponibles en las oficinas de supervisión para el ingreso de datos.
El registro de matrícula es realizado en línea en el módulo de matriculación, y es efectuado por los directores o encargados de despachos de las instituciones educativas.
Para el caso de los nuevos integrantes al sistema educativo, debe llenarse el Formulario RUE completo, en cambio para los alumnos ya registrados, solo se completan los datos relacionados a la oferta educativa donde está matriculado.
Los directores o encargados realizan todo el proceso de matriculación en línea, en caso de que las instituciones educativas no cuenten con recursos tecnológicos (computadoras y conectividad), las Supervisiones de Control y Apoyo Administrativo deben facilitar dichos recursos tecnológicos disponibles en las oficinas de supervisión para el ingreso y actualización de datos.
El procesamiento de los datos es responsabilidad de la Dirección de Estadísticas e Información Educativa, en la etapa de validación y depuración de los datos es realizada por el Departamento de Estadística, los controles corresponden a datos en blanco, declaración de la fecha de nacimiento, matriculación en el nivel/modalidad/grado/curso.
Los clasificadores utilizados corresponden a: i) Clasificación Internacional Normalizada de la Educación (CINE 2011); ii) Catálogo de Localización Geográfica del Paraguay; iii) Catálogo de Localización Geográfica de Comunidades y Pueblos Indígenas del Paraguay.
Nombre | Correo electrónico |
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Dirección General de Planificación Educativa | dire.gral.planificacioneducativa@mec.gov.py |
¿Se requiere firmar una declaración de confidencialidad? | Texto de la Declaración de Confidencialidad |
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yes |
La confidencialidad de la información proporcionada está garantizada por la Ley N° 6670/2020 "Que establece la modernización del Sistema Estadístico Nacional (SISEN) y crea el Instituto Nacional de Estadística (INE)", garantiza el secreto estadístico, según su Artículo 34° que establece: "En virtud a la garantía definida en el artículo 3° inc. f) de esta ley, queda prohibido a todos los funcionarios que ejercen actividades estadísticas en el Sistema Estadístico Nacional (SISEN), sin importar su forma de vinculación con la entidad, comunicar, publicitar o dar a conocer cualquier información que se refiera a personas físicas o jurídicas, públicas o privadas, nominadas o determinables, que hayan tomado en conocimiento directo o indirectamente en el desempeño de sus actividades. Los datos individuales aportados con fines estadísticos no pueden ser publicados, revelados, divulgados, ni utilizados con otros fines, ni siquiera mediando autorización escrita de la fuente de información." Otras leyes relacionadas al acceso de datos e información son: Ley N° 5282/2014 "De libre acceso ciudadano a la información pública y transparencia gubernamental" Ley N° 1680/2001 "Código de la Niñez y la Adolescencia" Ley 1682/2001 "Que reglamenta la información de carácter privado" Ley N° 1969/2002 "Que modifica, amplía y deroga varios artículos de la Ley N° 1682/2001" |
Las bases con los microdatos están disponibles para uso público en el sitio web del Mapa Escolar: (https://mapaescolar.mec.gov.py/mapa_escolar/)
Los cuadros procesados a partir de las bases de datos publicadas por la Dirección General de Planificación Educativa (DGPE), son de exclusiva responsabilidad de los usuarios, debiendo aclarar todo momento que es elaboración propia, y en todos los casos se debe citar como fuente de información al MEC.
Ejemplo: "Fuente: MEC. DGPE- RUE Base de Datos Finall-2018. Elaboración propia"
La información relativa a la responsabilidad de los usuarios respecto a las bases de datos está dada por la Ley 6670/2020 en su Artículo 34, que establece "Los datos individuales aportados con fines estadísticos no pueden ser publicados, revelados, divulgados, ni utilizados con otros fines, ni siquiera mediante autorización escrita de la fuente de información."
© Dirección General de Planificación Educativa
Nombre | Correo electrónico |
---|---|
Dirección General de Planificación Educativa | dire.gral.planificacioneducativa@mec.gov.py |
PRY-MEC-RUE-MATRICULACION-2018-V1.0
Nombre | Afiliación | Rol |
---|---|---|
Dirección General de Planificación Educativa | Ministerio de Educación y Ciencias | Rector del Sistema de Información y Gestión Educativa |
2022-10-20